NO pueden acceder a este régimen:
Agentes de retención, percepción o recaudación, por deudas en ese carácter.
Contribuyentes en concurso preventivo o quiebra.
NO pueden acceder a este régimen:
Agentes de retención, percepción o recaudación, por deudas en ese carácter.
Contribuyentes en concurso preventivo o quiebra.