La notificación se considera realizada igualmente. No leerlo no evita plazos ni sanciones.
Los actos administrativos notificados en el "Domicilio Fiscal Electrónico" del contribuyente o responsable se consideran perfeccionados el día Lunes inmediato posterior a la fecha en que las notificaciones o comunicaciones se encuentren disponibles en el citado domicilio o, el día hábil siguiente administrativo, si éste fuera inhábil.